Pensiones

Modalidad 40 del IMSS: la continuación voluntaria como estrategia de pensión bajo la Ley 73

La Modalidad 40 permite a trabajadores de la Ley 73 elevar su pensión del IMSS; en 2026 su cuota sube a 14.438% del salario y la UMA llega a 117.31 pesos.

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Por Estructura

Contexto

El sistema de pensiones contributivo de México opera sobre dos regímenes que conviven en paralelo. Quienes cotizaron por primera vez al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) antes del 1 de julio de 1997 pueden pensionarse bajo la Ley del Seguro Social de 1973 —un esquema de beneficio definido financiado de forma solidaria—, mientras que quienes ingresaron al mercado formal después de esa fecha quedaron inscritos en el régimen de cuentas individuales de la Ley de 1997. Para el primer grupo existe una herramienta que puede multiplicar el monto de su pensión: la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, conocida administrativamente como Modalidad 40.

El esquema es, a la vez, una de las pocas palancas legales para elevar de manera sustancial una pensión y un mecanismo cada vez más costoso y selectivo. En febrero de 2026, su precio volvió a subir por dos ajustes simultáneos: el incremento anual del valor de referencia con el que se calcula y el aumento programado de la tasa de cotización derivado de la reforma de pensiones de 2020. Entender quién se beneficia, cuánto cuesta y qué tensiones de equidad plantea exige separar la aritmética del régimen de 1973 del entusiasmo comercial que rodea al producto.

Qué es la continuación voluntaria

La figura está regulada en los artículos 218 a 221 de la Ley del Seguro Social. Permite que una persona que dejó de tener una relación laboral formal siga cotizando por su cuenta ante el IMSS, asumiendo de forma directa las aportaciones que antes compartía con su patrón. El asegurado continúa cubierto en el seguro de invalidez y vida y en el de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, que es el ramo determinante para la pensión.

Los requisitos de acceso son acotados. El artículo 218 exige acreditar un mínimo de 52 cotizaciones semanales en el régimen obligatorio dentro de los últimos cinco años previos a la baja. Además, el derecho a inscribirse se pierde si no se ejerce mediante solicitud por escrito dentro de los cinco años posteriores a la separación. Una vez dentro, el trabajador elige el salario con el que desea cotizar: puede ser el último salario base de cotización registrado o uno superior, sin rebasar el tope legal de 25 Unidades de Medida y Actualización (UMA). Las cuotas se cubren por mensualidad anticipada y deben pagarse a más tardar el día 17 de cada mes, según la ficha de trámite del propio IMSS.

Conviene distinguir esta figura de la incorporación voluntaria del artículo 222, dirigida a quienes nunca cotizaron al IMSS. La Modalidad 40 es, en estricto sentido, la prolongación de un historial de cotización ya existente. Y aunque legalmente está abierta a cualquier asegurado que cumpla el requisito de semanas, en la práctica es una estrategia de quienes se pensionarán bajo la Ley de 1973: es ese régimen el que premia un salario promedio más alto en el tramo final de la vida laboral.

Por qué funciona: la aritmética de la Ley 73

La potencia de la Modalidad 40 se explica por la forma en que la Ley de 1973 calcula la pensión. De acuerdo con la información de la CONSAR sobre el Régimen 73, el monto de la pensión de cesantía o vejez se determina a partir del promedio del salario base de cotización de las últimas 250 semanas —alrededor de cinco años— previas a la solicitud, topado a 25 UMA. Sobre ese salario promedio se aplica la tabla de cuantía básica e incrementos del régimen de 1973 y, finalmente, un factor de edad que va de 75% a los 60 años (cesantía) a 100% a los 65 años (vejez). El requisito mínimo de acceso es de 500 semanas cotizadas, y por cada 52 semanas adicionales a ese piso se obtiene un incremento anual sobre la cuantía.

La consecuencia es decisiva: en el régimen de 1973 lo que determina la pensión no es el saldo acumulado a lo largo de toda la vida, sino el salario de los últimos cinco años y el número de semanas. La Modalidad 40 actúa precisamente sobre esas dos variables. Por un lado, permite registrar un salario muy superior al que la persona pudo haber tenido al final de su carrera, elevando el promedio de las 250 semanas que define la cuantía. Por otro, suma semanas de cotización que incrementan el porcentaje aplicable. Una trayectoria que terminó con un salario modesto puede, mediante varios años de cotización voluntaria en un nivel alto, traducirse en una pensión considerablemente mayor.

Ese mecanismo no tiene equivalente en la Ley de 1997. Para un trabajador del régimen de cuentas individuales, seguir aportando de forma voluntaria simplemente engrosa su subcuenta de retiro, cesantía y vejez —un beneficio real, pero proporcional a lo aportado y sin el efecto multiplicador del beneficio definido—. La Modalidad 40 es, en el fondo, un arbitraje sobre una fórmula solidaria: el asegurado adelanta de su bolsillo unas aportaciones acotadas para capturar después un beneficio definido que la colectividad respalda.

El costo en 2026

El precio de la Modalidad 40 se mueve con dos variables. La primera es el valor de la UMA, que actualiza el INEGI cada año. Para 2026, el instituto fijó la UMA en 117.31 pesos diarios, 3,566.22 pesos mensuales y 42,794.64 pesos anuales, con vigencia a partir del 1 de febrero, un ajuste derivado de la inflación anual de 3.69% registrada en diciembre de 2025. Como el tope de cotización es de 25 UMA, el salario base diario máximo en 2026 quedó en 2,932.75 pesos.

La segunda variable es la tasa de cotización. La reforma a la Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2020 dispuso un aumento gradual de las aportaciones patronales de cesantía en edad avanzada y vejez, que escalan del 3.150% vigente hasta entonces a un máximo de 11.875% en 2030, sin tocar la aportación de los trabajadores asalariados. Dado que en la continuación voluntaria el asegurado asume tanto la parte obrera como la patronal, ese encarecimiento se traslada de lleno a la cuota de la Modalidad 40, que sube de manera escalonada cada año.

AñoTasa de la cuota sobre el salario registrado
2023 (inicio)11.166%
202513.347%
202614.438%
2030 (tope)18.8%

El incremento ronda 1.09 puntos porcentuales por año. En 2025 la tasa fue de 13.347% y en 2026 pasó a 14.438%, de modo que el costo de febrero de 2026 combinó una tasa más alta con una UMA también más alta.

El efecto sobre el desembolso mensual es tangible. Con la tasa de 14.438% y la UMA de 117.31 pesos, cotizar en el tope de 25 UMA implica una cuota cercana a 12,900 pesos mensuales —el resultado de multiplicar el salario diario tope por 30.4 días y por la tasa vigente—. Cotizar en niveles intermedios reduce el desembolso de forma proporcional: alrededor de 5,150 pesos mensuales para 10 UMA y cerca de 2,575 pesos para 5 UMA. Son montos que el asegurado debe sostener durante varios años para que la estrategia rinda, lo que define de entrada el perfil de quien puede aprovecharla.

Para quién conviene y para quién no

La Modalidad 40 no es un beneficio universal ni siempre rentable. Su lógica favorece a un perfil específico: personas con un número elevado de semanas cotizadas y la capacidad financiera de sostener pagos altos durante el tramo final previo al retiro, idealmente en los cinco años que definen el salario promedio. Para ese grupo, la diferencia entre la pensión que obtendrían sin la modalidad y la que logran con ella puede ser de varios miles de pesos mensuales de por vida.

En el extremo opuesto hay dos casos en los que el esquema rinde poco. El primero es el de quienes acumulan pocas semanas —del orden de 200 o 300—, que difícilmente superarían la pensión mínima garantizada aun pagando cuotas elevadas; la pensión mínima del régimen de 1973 equivale a un salario mínimo mensual, y el salario mínimo general subió a 315.04 pesos diarios en 2026 según la CONASAMI. El segundo es el de quienes ya percibían ingresos muy altos: el tope de 25 UMA limita el salario promedio computable, de modo que la mejora marginal de cotizar en el máximo es modesta frente al gasto que exige.

Aquí aparece la principal objeción de equidad. La Modalidad 40 exige capital disponible por adelantado —el asegurado debe pagar de su bolsillo cuotas que pueden acercarse a 13,000 pesos mensuales— para después capturar un beneficio definido respaldado de forma solidaria. En la práctica, eso significa que la herramienta más poderosa para elevar una pensión de la Ley 73 está al alcance de quienes tienen ahorros para prefinanciarla, y resulta inaccesible para las trayectorias laborales intermitentes o de bajos ingresos, que son justamente las más expuestas a una pensión insuficiente. El encarecimiento progresivo de la cuota, que llegará a 18.8% en 2030, estrecha todavía más ese acceso.

Riesgos operativos y el horizonte del esquema

Más allá del cálculo de conveniencia, la Modalidad 40 impone reglas operativas estrictas. La elección del salario de cotización es irreversible a la baja: una vez fijado un nivel, puede aumentarse pero no reducirse, lo que obliga a planear el desembolso con cuidado. La continuidad de los pagos también es crítica. Según el IMSS, acumular dos meses consecutivos sin pagar puede cancelar la inscripción y detener la acumulación de semanas y la mejora del salario base dentro del esquema; las cotizaciones ya cubiertas, en cambio, permanecen registradas y siguen contando para la pensión. Esta exigencia de disciplina financiera, sostenida durante años, es otro filtro que opera en contra de los hogares con ingresos volátiles.

El esquema ha dado lugar, además, a una industria de asesoría y gestoría que comercializa estrategias de “prepago” y proyecciones de pensión. Aunque el trámite de inscripción es gratuito y puede realizarse directamente ante el IMSS, la complejidad de la fórmula del régimen de 1973 abre espacio a intermediarios que cobran por orientar decisiones que el propio asegurado podría tomar con la información oficial. La asimetría de información —no la prohibición legal— es lo que encarece el acceso para el trabajador promedio.

Hay, por último, una dimensión temporal que enmarca todo el debate. El universo de la Ley de 1973 es cerrado y decreciente: ninguna persona que haya ingresado al mercado formal después del 1 de julio de 1997 pertenece a él. Con cada año que pasa, la población que puede aprovechar la Modalidad 40 envejece y se reduce, hasta que el régimen de beneficio definido se agote por completo en las próximas décadas. La continuación voluntaria es, en ese sentido, una herramienta de transición: relevante hoy para una generación específica, pero sin futuro estructural en un sistema que migró por completo a las cuentas individuales. La reforma de 2020, que redujo de 1,250 a 750 las semanas requeridas en el régimen de 1997 —con una trayectoria que escala a 1,000 semanas en 2031—, atendió a esa generación más joven, no a la que hoy recurre a la Modalidad 40.

Conclusiones

  1. La Modalidad 40 es una palanca real, pero acotada al régimen de 1973. Su poder proviene de que la pensión de la Ley de 1973 se calcula sobre el salario promedio de las últimas 250 semanas y el número de semanas cotizadas, dos variables que la continuación voluntaria permite elevar de manera deliberada.

  2. El costo subió en 2026 por una doble vía. La UMA llegó a 117.31 pesos diarios y la tasa de cotización pasó a 14.438%, en línea con el calendario de la reforma de 2020 que la llevará a 18.8% en 2030. Cotizar en el tope de 25 UMA implica una cuota mensual cercana a 12,900 pesos.

  3. El beneficio se concentra en un perfil específico. Rinde para quienes tienen muchas semanas y capacidad de prefinanciar cuotas altas en el tramo final; rinde poco para quienes acumulan pocas semanas o ya percibían salarios cercanos al tope de 25 UMA.

  4. Es un instrumento con sesgo regresivo. Al exigir capital por adelantado para capturar un beneficio definido de respaldo solidario, la herramienta más eficaz para mejorar una pensión de la Ley 73 favorece a quienes ya cuentan con ahorro, y queda fuera del alcance de las trayectorias laborales más frágiles.

  5. Su relevancia es transitoria. El universo de la Ley de 1973 es cerrado y se reduce cada año. La Modalidad 40 seguirá siendo una decisión financiera importante para esa generación durante las próximas décadas, pero no forma parte del diseño del sistema de cuentas individuales que rige para todos los trabajadores incorporados desde 1997.

La información oficial sobre requisitos, trámite y cálculo está disponible en los portales del IMSS y de la CONSAR, y el valor vigente de la UMA se publica cada año en el Diario Oficial de la Federación con base en los datos del INEGI.

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