Reforma de plataformas digitales: balance de la prueba piloto del IMSS
Análisis de la reforma a la LFT en materia de plataformas digitales, los resultados de la prueba piloto del IMSS de 2025 y las tensiones que enfrenta la agenda regulatoria en 2026.
Contexto
El 24 de diciembre de 2024, el Diario Oficial de la Federación publicó el decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo en materia de plataformas digitales, en lo que constituye la modificación cuadragésima novena a esa ley desde su expedición. La reforma introdujo el Capítulo IX Bis —integrado por los artículos 291-A al 291-U— y reconoció, por primera vez en el ordenamiento mexicano, la existencia de una relación laboral entre los conductores y repartidores de aplicaciones móviles y las empresas que las operan, condicionada al cumplimiento de un umbral mensual de ingreso neto.
El decreto entró en vigor el 22 de junio de 2025, 180 días después de su publicación. Una semana antes, el 24 de junio de ese año, se publicaron en el DOF las Reglas Generales de la prueba piloto aprobadas por el Consejo Técnico del IMSS mediante el acuerdo ACDO.AS2.HCT.270525/132.P.DIR, vigentes desde el 1 de julio de 2025. El ejercicio piloto se extendió hasta el 31 de diciembre de 2025 y, a la fecha de cierre de este texto, sus resultados constituyen la fuente principal para evaluar el alcance real del nuevo régimen.
El marco normativo
Capítulo IX Bis de la Ley Federal del Trabajo
El nuevo capítulo distingue entre dos figuras. La primera es la persona trabajadora de plataformas digitales, definida como quien presta servicios de manera personal y subordinada mediante una aplicación gestionada por un patrón y obtiene, en el mes calendario, un ingreso neto al menos equivalente a un salario mínimo mensual general vigente en la Ciudad de México. La segunda es la persona trabajadora independiente de plataformas digitales, que opera por debajo de ese umbral y conserva un régimen distinto de derechos.
Para la primera categoría, la ley reconoce derechos equivalentes a los de cualquier trabajador subordinado: aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, prima de antigüedad, participación de utilidades, indemnización por terminación injustificada y registro ante el régimen obligatorio del Seguro Social. La remuneración se calcula por tarea, servicio u obra realizada e incluye, según el texto reformado, el pago proporcional de descanso semanal y prestaciones. Las plataformas quedan obligadas a transparentar los criterios algorítmicos que asignan trabajo y a establecer protocolos de revisión humana frente a desconexiones unilaterales, las cuales solo proceden por causas graves como fraude o riesgo a la seguridad.
Para las personas trabajadoras independientes —quienes no alcanzan el umbral mensual—, la reforma garantiza un seguro contra riesgos de trabajo durante el tiempo conectado a la aplicación, pero no extiende las cinco ramas del Seguro Social. La distinción introduce una dualidad en el mismo gremio que, como se verá, resultó ser el rasgo más controversial del nuevo régimen.
Reglas Generales y el umbral de ingreso
Las reglas publicadas por el IMSS en junio de 2025 operacionalizaron el umbral establecido en la LFT. Durante el segundo semestre de 2025, el ingreso neto mínimo mensual exigible se ubicó en torno a 8,364 pesos, monto correspondiente al salario mínimo general vigente en la Ciudad de México. El incremento aprobado por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos para 2026 elevó esa referencia a aproximadamente 9,582 pesos mensuales, lo que automáticamente ajustó hacia arriba los ingresos brutos requeridos por tipo de servicio.
| Modalidad | Ingreso bruto mensual aproximado para alcanzar el umbral (2026) |
|---|---|
| Conductor de automóvil | 25,773 pesos |
| Repartidor en motocicleta | 19,709 pesos |
| Repartidor en bicicleta o a pie | 13,816 pesos |
Las diferencias por modalidad reflejan el supuesto de costos operativos distintos —combustible, mantenimiento, depreciación del vehículo— que la plataforma descuenta del ingreso bruto antes de medir el cumplimiento del umbral. La consecuencia inmediata es que el aumento al salario mínimo, una política tradicionalmente vista como redistributiva, eleva la barrera para acceder a la seguridad social completa en este sector.
La prueba piloto: julio a diciembre de 2025
Cobertura registrada
Durante el primer mes de operación del piloto, comprendido entre el 1 y el 31 de julio de 2025, el IMSS reportó el registro de 1,291,365 personas trabajadoras de plataformas digitales. La cifra correspondió al universo total de quienes prestaron servicios al menos un día en alguna aplicación adherida, con independencia de si superaron o no el umbral de ingreso. En el sector formal, el ingreso de estos registros se reflejó en el boletín de empleo de julio: el subsector de transportes y comunicaciones —que incluye las plataformas de movilidad y mensajería— concentró 377,305 nuevos puestos de trabajo afiliados al IMSS, equivalente al 63.4 por ciento del incremento mensual total.
Al cierre del piloto, en diciembre de 2025, los datos consolidados del IMSS y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social registraron 206,521 personas que superaron el umbral de ingreso neto, frente a 132,841 que lo habían alcanzado en julio. El crecimiento representa una expansión de 55.5 por ciento en seis meses. En febrero de 2026, el IMSS informó que el padrón único acumulado había llegado a 1,349,855 trabajadores registrados al menos una vez bajo el esquema, distribuidos en 16 plataformas adheridas.
La composición sectorial del padrón fue relativamente equilibrada: 51.5 por ciento correspondió a plataformas de movilidad —principalmente servicio de conductor— y 48.4 por ciento a empresas de reparto y mensajería. Esa proporción contrasta con la percepción pública, en la que el debate sobre la informalidad de los repartidores ha dominado la cobertura mediática.
La brecha entre afiliación y cobertura plena
El indicador más relevante del piloto no es el padrón acumulado, sino la proporción que efectivamente accedió a las cinco ramas del Seguro Social. El IMSS y la STPS informaron que al cierre de 2025 alrededor del 13 por ciento de los registrados alcanzó cobertura completa —enfermedad y maternidad, riesgos de trabajo, invalidez y vida, retiro y cesantía en edad avanzada, y guarderías—. El 87 por ciento restante quedó protegido únicamente por el seguro contra riesgos de trabajo durante las horas conectadas a la aplicación, sin acceso a atención médica fuera del horario laboral, a incapacidades por enfermedad general ni a aportaciones a la subcuenta de retiro.
El salario base de cotización promedio reportado para quienes sí alcanzaron cobertura completa se ubicó en 392.42 pesos diarios al cierre de 2025, equivalente a 41 por ciento por encima del salario mínimo. Esa cifra sugiere que el grupo plenamente cubierto corresponde a trabajadores con dedicación de tiempo completo o casi completo a la plataforma, mientras que la mayoría opera en regímenes de jornada parcial o intermitente.
Tensiones del nuevo régimen
El efecto umbral
La principal crítica académica al modelo es estructural. Al condicionar el acceso a la seguridad social plena al cumplimiento mensual del umbral, la reforma reproduce un esquema binario que excluye a la mayoría de los participantes del sector. La OIT, en su encuesta regional 2025 a trabajadores de plataformas digitales de América Latina, documentó que cerca de 40 por ciento de los consultados carece de cobertura de salud y previsión social, con una mediana de edad de 33 años y más de la mitad con educación universitaria. El 93 por ciento reside en áreas metropolitanas, lo que confirma el carácter urbano del fenómeno.
En el caso mexicano, el 80.5 por ciento de los repartidores reportó en estudios previos que la plataforma constituye su única actividad económica, dato que dimensiona el riesgo social de mantener al grueso del padrón en el régimen mínimo. La CEPAL ha señalado que los esquemas binarios condicionados al ingreso —presentes también en propuestas regulatorias de Chile, Colombia y España— tienden a producir el efecto observado en el piloto mexicano: alta afiliación nominal, baja cobertura efectiva.
El choque con la política salarial
La interacción entre el umbral y la política de recuperación del salario mínimo introduce una tensión adicional. Cada incremento anual aprobado por la Conasami eleva el monto mínimo de ingreso neto requerido y, en consecuencia, expulsa hacia el régimen de trabajador independiente a quienes facturaban en el límite del esquema anterior. Para 2026, el ajuste implicó que conductores y repartidores debieran incrementar sus horas trabajadas o su productividad si pretendían conservar la cobertura plena obtenida durante el piloto, en un sector donde la oferta de tarifas y la asignación de viajes dependen del algoritmo de la plataforma y no de la voluntad del trabajador.
Inspección laboral y verificación
Otro frente abierto en 2026 corresponde a la inspección. La STPS anunció, en febrero, que por primera vez incluiría a las empresas de plataformas digitales en su programa anual de inspecciones laborales, ámbito del que estaban materialmente excluidas mientras no existió relación de trabajo reconocida. La medida abre la posibilidad de verificar el cumplimiento de obligaciones específicas previstas en la reforma —entre ellas la transparencia algorítmica, los protocolos contra el acoso y la prohibición de cobrar al trabajador por el uso de la aplicación—, pero exige construir capacidades técnicas que no estaban presentes en el cuerpo de inspectores.
La agenda regulatoria pendiente
El acuerdo del Consejo Técnico del IMSS estableció un plazo de 180 días naturales, contados a partir de la publicación de las Reglas Generales, para que el instituto preparara iniciativas legislativas con base en los hallazgos del piloto. Ese plazo venció en diciembre de 2025 y, al cierre de la prueba, el IMSS y la STPS comunicaron que mantendrían vigentes las reglas existentes hasta que se emitieran nuevas disposiciones derivadas de una eventual reforma a la Ley del Seguro Social.
La iniciativa pendiente debería abordar, al menos, tres asuntos. Primero, la conveniencia de modular el umbral binario por un esquema proporcional que reconozca aportaciones parciales para quienes operan por debajo del salario mínimo mensual. Segundo, el tratamiento fiscal de las contribuciones, ya que la reforma no modificó la Ley del Impuesto sobre la Renta ni la Ley del Impuesto al Valor Agregado y persiste una falta de armonización entre el régimen laboral y el tributario aplicable a quienes operan por aplicación. Tercero, el alcance de la fiscalización algorítmica, dado que la verificación de los criterios automatizados de asignación de trabajo y de desconexión exige protocolos técnicos que aún no han sido desarrollados por la STPS.
Conclusiones
- La reforma reconoció una relación laboral antes inexistente. El nuevo Capítulo IX Bis de la LFT y las Reglas Generales del IMSS construyeron, entre diciembre de 2024 y junio de 2025, una arquitectura jurídica que en seis meses incorporó al sistema de seguridad social a más de 1.3 millones de trabajadores que hasta entonces operaban al margen de toda protección formal.
- La afiliación nominal no se traduce en cobertura plena. Cerca del 87 por ciento del padrón se mantiene bajo el régimen mínimo de protección contra riesgos de trabajo, sin acceso a las ramas restantes del Seguro Social, lo que refleja los límites del esquema binario condicionado al umbral de ingreso.
- El umbral interactúa adversamente con la política salarial. Cada incremento del salario mínimo eleva la barrera para alcanzar la cobertura plena, lo que ha generado un efecto contraintuitivo en un sector donde la productividad depende del algoritmo y no del trabajador.
- La fase 2026 desplaza el debate hacia la inspección y la iniciativa legislativa. La incorporación de las plataformas a las inspecciones de la STPS y la preparación de reformas a la Ley del Seguro Social constituyen los frentes inmediatos sobre los cuales se medirá la consolidación del régimen.
- El piloto cumplió su función exploratoria, pero dejó preguntas estructurales abiertas. La sostenibilidad del modelo dependerá de su capacidad para articular un esquema de protección social más cercano al continuo de jornadas y trayectorias laborales que efectivamente se observa en el sector.
La información sobre el padrón, los umbrales de ingreso y las Reglas Generales se encuentra disponible en los portales institucionales del IMSS, la STPS y el Diario Oficial de la Federación para consulta pública.