Pensiones

Rentas vitalicias y retiros programados: la fase de desacumulación del SAR en 2026

Arquitectura legal, operativa y de mercado de la fase de desacumulación del SAR en México: modalidades del artículo 157 LSS, mercado de aseguradoras y rol del Fondo de Pensiones para el Bienestar.

SAR CONSAR CNSF Pensiones Renta vitalicia
Por Estructura

Contexto

El Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) cerró 2025 con un activo administrado cercano a 8.3 billones de pesos y un rendimiento promedio del sistema reportado en torno a 16% nominal anual, según las actualizaciones mensuales de CONSAR. El crecimiento del saldo y el inicio del retiro de las primeras cohortes plenamente sujetas a la Ley del Seguro Social de 1997 (Generación Afore) han desplazado la conversación pública desde la fase de acumulación —comisiones, rendimientos y régimen de inversión— hacia un terreno menos atendido: la fase de desacumulación, es decir, el momento en que el saldo de la cuenta individual se convierte en flujos pensionarios efectivos.

Esa fase se articula en dos modalidades centrales, definidas por los artículos 157 y 159 de la Ley del Seguro Social: la renta vitalicia, contratada con una aseguradora especializada, y el retiro programado, operado por la Afore. A ellas se suman dos figuras complementarias: la pensión mínima garantizada que cubre el Gobierno Federal cuando el saldo es insuficiente, y, desde mayo de 2024, el Fondo de Pensiones para el Bienestar como mecanismo de complemento por arriba del umbral fijado en 17,364 pesos mensuales. El esquema mexicano combina, así, un primer pilar contributivo de cuentas individuales, un primer pilar no contributivo en construcción y un mercado de aseguradoras especializadas que continúa altamente concentrado.

El artículo 157 de la Ley del Seguro Social establece que el asegurado que cumple los requisitos del ramo de cesantía en edad avanzada o vejez puede disponer de su cuenta individual mediante: i) la contratación de una renta vitalicia con la institución de seguros de su elección, registrada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) y previa aprobación del Comité a que se refiere el artículo 81 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; o ii) el mantenimiento del saldo en la Afore y la realización de retiros programados. La normativa permite combinar ambas modalidades, pero la decisión, una vez ejercida, es de carácter irreversible.

El artículo 159 fija las definiciones técnicas. La renta vitalicia es el contrato por el cual la aseguradora, a cambio de recibir los recursos acumulados, se obliga a pagar periódicamente una pensión durante toda la vida del pensionado, con actualización anual conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor. El retiro programado se calcula dividiendo el saldo de la cuenta individual entre un factor que incorpora la esperanza de vida del titular y los rendimientos previsibles del fondo, de modo que la pensión se paga hasta agotar los recursos, momento en que el Gobierno Federal asume el costo de la pensión mínima garantizada cuando aplica.

Los requisitos de acceso siguen el calendario gradual de la reforma al SAR publicada en el DOF el 16 de diciembre de 2020. En 2026, el mínimo de semanas cotizadas se ubica en 875 y se incrementa 25 semanas por año hasta llegar a 1,000 a partir de 2031. Este sendero es el que define cuántos trabajadores de la Generación Afore obtienen una pensión contributiva por derecho propio frente a quienes terminan dependiendo de la negativa de pensión y de la pensión universal no contributiva.

El proceso operativo: del SISO al Documento de Oferta

La fase de desacumulación se opera mediante el Sistema Integral de Ofertas (SISO), coordinado por CONSAR, IMSS, ISSSTE, CNSF y SHCP. El trabajador que solicita su pensión recibe, a través de su Afore, un conjunto de ofertas de las aseguradoras autorizadas, así como la opción de retiro programado a cargo de la Afore. Sobre esa base elige modalidad e institución.

CONSAR ha emitido en años recientes un Documento de Oferta de renta vitalicia que resalta cuál de las propuestas representa el mayor monto mensual garantizado para el solicitante. El documento incorpora principios de economía del comportamiento al destacar la mejor oferta y reducir los costos de búsqueda, con el objetivo declarado de estimular competencia entre las aseguradoras y mejorar la pensión efectivamente contratada. La existencia de este instrumento responde a un diagnóstico estructural: en ausencia de información comparable, el trabajador suele elegir por inercia institucional, lo que limita la presión competitiva.

El cálculo de la renta vitalicia se apoya en la Unidad de Renta Vitalicia (URV), una tabla por edad y sexo que CONSAR publica y actualiza periódicamente. La URV refleja la combinación de probabilidades de supervivencia y la tasa de descuento implícita en los instrumentos de largo plazo del Gobierno Federal —principalmente Udibonos y Bondes M—, de modo que el saldo de la cuenta individual, dividido entre la URV correspondiente, arroja la pensión anual antes de actualizaciones por inflación. El esquema introduce, por construcción, sensibilidad al ciclo de tasas reales: ofertas idénticas en monto pueden representar pensiones distintas según el entorno macroeconómico del momento de contratación.

Mercado de aseguradoras: concentración y recuperación reciente

El mercado de aseguradoras especializadas en pensiones derivadas de las Leyes de Seguridad Social inició en 1997 con catorce participantes, pero la consolidación lo ha reducido a un puñado de jugadores con convenio operativo vigente con el IMSS. De acuerdo con la lista del IMSS consultada en 2026, las aseguradoras con convenio para pago de renta vitalicia son Profuturo GNP Pensiones, Pensiones Banorte, Pensiones BBVA Bancomer y Pensiones SURA. El Panorama Analítico del Sector de Seguros y Fianzas publicado por la CNSF para el segundo trimestre de 2025 confirma esta estructura concentrada y reporta a Pensiones BBVA Bancomer con cerca de 26.1% de participación de mercado en seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social.

IndicadorValor 2T 2025Fuente
Crecimiento real de primas en Pensiones LSS+6.9% anualCNSF
Crecimiento real de primas en Pensiones (rubro agregado)+14.7% trimestralCNSF
Participación de Pensiones BBVA Bancomer26.1%CNSF
Aseguradoras con convenio vigente con el IMSS4IMSS

El portafolio acumulado de pensiones derivadas de seguridad social se aproxima a 600 mil millones de pesos en reservas técnicas, con un universo cercano a 500 mil pensionados con renta vitalicia o seguro de sobrevivencia, de acuerdo con la lectura del propio Panorama Analítico de la CNSF. Los Montos Constitutivos —recursos que el SAR transfiere a las aseguradoras al constituir la renta vitalicia— acumularon en el primer semestre de 2025 alrededor de 20,900 millones de pesos constantes, con un incremento real de 10.5% interanual y una tasa de oferta promedio de 5.6%.

La concentración del mercado plantea una tensión regulatoria visible. La autoridad declaró en mayo de 2025 su interés en potencializar el mercado de rentas vitalicias para absorber el flujo creciente de jubilados de la Generación Afore y del régimen de cuentas individuales del ISSSTE, lo que pasa por incentivar la entrada de nuevos oferentes, ampliar las opciones de inversión de las reservas técnicas y refinar el diseño del SISO. El reto es estructural: pocas instituciones especializadas, alta especialización actuarial, márgenes ajustados frente a la curva de tasas reales y un horizonte de obligaciones que excede con holgura el de cualquier otro ramo del sector asegurador.

Retiro programado: la otra puerta

El retiro programado es la alternativa que mantiene el saldo dentro de la Afore. Las Disposiciones de carácter general aplicables a los retiros programados publicadas en el DOF en 2021 establecen las reglas para calcular el monto mensual, la frecuencia de actualización del factor de retiro y los criterios de inversión de los recursos remanentes, que continúan operando bajo el régimen de la Siefore Básica de Pensiones, con perfil conservador y mayor peso de deuda gubernamental.

La modalidad ofrece dos ventajas frente a la renta vitalicia. Primero, conserva la titularidad de los recursos, de modo que el saldo no agotado al fallecimiento se transmite a los beneficiarios designados por el pensionado. Segundo, deja abierta la posibilidad de migrar a una renta vitalicia si las condiciones de mercado mejoran. La contrapartida es el riesgo de longevidad: cuando los recursos se agotan, la Afore deja de pagar y el pensionado depende, en su caso, de la pensión mínima garantizada del Gobierno Federal o del Fondo de Pensiones para el Bienestar. Por construcción, el retiro programado traslada al titular el riesgo financiero y demográfico que en la renta vitalicia absorbe la aseguradora.

La densidad relativa de retiros programados respecto a rentas vitalicias varía con el ciclo de tasas reales. Cuando las tasas de los Udibonos son altas, las ofertas de renta vitalicia tienden a ser más competitivas y absorben una mayor proporción de los nuevos pensionados. Cuando las tasas caen, el retiro programado gana atractivo relativo, especialmente entre quienes valoran la conservación del patrimonio para sus beneficiarios.

Fondo de Pensiones para el Bienestar: complemento, no sustitución

El decreto del 30 de abril de 2024, publicado en el DOF y vigente desde el 1 de mayo de ese año, creó el Fondo de Pensiones para el Bienestar (FPB) como fideicomiso público de la SHCP con Banxico como fiduciario, con el propósito explícito de complementar las pensiones de la Generación Afore hasta el equivalente del salario promedio del IMSS, ubicado en 17,364 pesos mensuales en 2025 y mantenido como umbral de referencia en el diseño operativo en 2026. El FPB no reemplaza al esquema de cuentas individuales: lo coloca encima como mecanismo de cobertura para los trabajadores que cumplen requisitos y cuya pensión calculada resulta inferior al umbral.

La interacción entre el FPB y las dos modalidades del artículo 157 es directa. El monto que recibe el pensionado en renta vitalicia o en retiro programado es el insumo base sobre el que se calcula el complemento. Si la pensión base supera el umbral, no hay complemento. Si está por debajo, el FPB cubre la diferencia hasta ese tope. El diseño preserva la lógica contributiva en la base y añade un techo financiado con recursos del Estado y de fuentes alternas, lo que genera un debate sobre suficiencia financiera del fondo en el horizonte largo, ya documentado por análisis del CIEP y de IMCO.

Demanda futura: el pico que se acerca

Tres factores convergen para que la fase de desacumulación adquiera una relevancia mayor en la próxima década. Primero, la maduración de la Generación Afore: los trabajadores que ingresaron al SAR en 1997 superan en 2026 los sesenta años, y las cohortes más jóvenes empiezan a cumplir el calendario de semanas cotizadas exigido por la reforma de 2020. Segundo, el pico proyectado de jubilaciones del Décimo Transitorio del ISSSTE entre 2030 y 2040, que añade presión sobre el sistema de pensiones contributivo y sobre el mercado de rentas vitalicias en su modalidad ISSSTE. Tercero, el calendario de incremento de aportaciones patronales al SAR que escala de 5.5% en 2023 a 13.875% en 2030, lo que elevará los saldos disponibles para conversión a pensión y, por tanto, el flujo agregado dirigido al mercado asegurador y al retiro programado.

El sistema se enfrenta, entonces, a una doble exigencia. Por el lado de la oferta, ampliar la base de aseguradoras que compiten por las primas constitutivas, refinar las reglas del SISO y mantener actualizada la URV para que refleje correctamente las condiciones macroeconómicas. Por el lado del Estado, asegurar la solvencia del Fondo de Pensiones para el Bienestar y articularlo con las pensiones no contributivas existentes —Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores y Pensión Mujeres Bienestar— sin generar desincentivos al ahorro formal.

Conclusiones

  1. La fase de desacumulación del SAR opera sobre un marco legal estable —artículos 157 y 159 de la Ley del Seguro Social— que ofrece dos modalidades excluyentes en su lógica financiera pero combinables en la práctica: renta vitalicia y retiro programado.
  2. El mercado de aseguradoras especializadas continúa altamente concentrado, con cuatro instituciones con convenio vigente con el IMSS y una participante con cerca del 26% del segmento, lo que limita la presión competitiva sobre los montos ofertados.
  3. El SISO y el Documento de Oferta han introducido mejoras informativas, pero la transparencia operativa no sustituye la necesidad de ensanchar el lado de la oferta del mercado.
  4. El retiro programado traslada el riesgo de longevidad al pensionado y conserva los recursos para beneficiarios, mientras que la renta vitalicia absorbe el riesgo demográfico a cambio de un flujo fijo indizado a inflación; la elección óptima depende del entorno de tasas reales y del perfil del titular.
  5. El Fondo de Pensiones para el Bienestar opera como complemento por encima de las dos modalidades, no como sustituto del sistema contributivo, y su sostenibilidad financiera es el flanco más sensible del diseño de 2024.
  6. La maduración de la Generación Afore y el pico esperado de jubilaciones del Décimo Transitorio del ISSSTE entre 2030 y 2040 convertirán la fase de desacumulación en el frente más exigente del sistema de pensiones mexicano en la próxima década.

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